Una vez más, la Audiencia Provincial da la razón al Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo. Tras perder en primera instancia, la audiencia rectifica y revoca la sentencia referida al recurso contencioso administrativo interpuesto por la sociedad PRODESCAN S.L., en relación al acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 14 de marzo de 2007, en la que se niega la licencia municipal de obras para la construcción de 38 viviendas y garajes en la localidad de Cóbreces.
Las Normas Subsidiarias de 1983, vigentes en el municipio, califican el suelo como no urbanizable y, demás, protegido. De todos los informes técnicos y periciales se esgrime que, efectivamente, el suelo no cumple con los requisitos para poder urbanizar, y es por ello por lo que se estima el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo, negando por tanto, como se hizo en el acuerdo de junta de gobierno la licencia para la construcción de 38 viviendas, ya que además de incumplir la normativa, carece de servicios suficientes para llevar a cabo la edificación.
El edil popular, Enrique Bretones, muestra su satisfacción ante este nuevo fallo, indicando en sus declaraciones que esperanza en el recurso de apelación, ya que todos los recursos de apelación presentados hasta ahora han sido estimados.
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