23 diciembre, 2010

El TSJC da la razón a Alfoz de Lloredo en la denegación de una licencia para una urbanización

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha dado la razón al Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo en su decisión de denegar la licencia de obras que le había pedido la empresa Prodescan para la construcción de viviendas y garajes en el Barrio El Pino, en la localidad de Cóbreces.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo acepta así un recurso del Ayuntamiento contra una sentencia previa que el TSJC anula, procedente del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Santander que aceptaba las pretensiones de la empresa y le concedía el derecho a las licencias que había solicitado en marzo de 2007.

Ese juzgado consideraba que la finca en la que se querían edificar las viviendas era urbana por contar con los servicios mínimos que se exigen para que se le dé esa calificación.

Pero el TSJC considera que sólo el hecho de tener esos servicios no lo convierte en suelo urbano, al no estar integrado en la malla urbana, si no, en realidad, estar próxima a ella, sin que los servicios fueran suficientes.

Así, en este caso no había integración en la malla urbana, a la que la finca sólo tenía una única conexión, la travesía de una carretera autonómica.

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