EL juez ha desestimado los recursos presentados contra el documento, dando de nuevo la razón al Ayuntamiento
EL Tribunal Superior de Justicia
de Cantabria ha desestimado los recursos contra el Plan General de Ordenación
Urbana de Alfoz de Lloredo, confirmándolo. Así, el juez da la razón al
Consistorio tras años de ataques de una serie de personas en relación al
documento, lo que derivaba también en denuncias contra el alcalde, que se ha
visto envuelto en diversos pleitos, entre ellos, uno por el que recientemente
también se le ha dado la razón, relacionado con el derecho al honor, a
iniciativa del grupo socialista en el municipio.
El Plan General fue aprobado en
mayo de 2015, y se han dictado un total de ocho sentencias resolviendo otras
tantas impugnaciones del mismo, así como otra sentencia más que confirma el
Decreto del Gobierno de Cantabria que modifica el Plan de Ordenación del
Litoral en el municipio de Alfoz.
Tres de las sentencias dictadas
revocan las licencias concedidas en el año 2005 que no habían sido ejecutadas
al aprobarse el Plan, extinguiendo de manera definitiva así las polémicas sobre
las urbanizaciones proyectadas en la finca del Obispado y de la vertiente de la
Playa de Luaña en Cóbreces.
El tribunal considera que no es
necesario iniciar un proceso para caducar las licencias por su falta de
utilización como entendía el
ayuntamiento y el Gobierno de Cantabria, sino que, de forma automática, la
entrada en vigor del Plan General supone la extinción de todas las licencias
que no sean conformes con el planeamiento y no se hubiesen construido en 2015.
Gobierno de Cantabria y Ayuntamiento han recurrido en casación esta última
consideración por los efectos que podrían derivarse de esta doctrina para las
licencias en curso de ejecución o en materia indemnizatoria, a fin de que sea
matizada por el Tribunal Supremo.
Extracto de El Diario Montañés en relación con el tema. |
El instrumento de planeamiento confirmado
supone la adaptación del municipio a la legislación estatal y autonómica en
materia de suelo, protege los Lugares de Interés Comunitario como la Cueva de
la Rogería y los referentes culturales como los yacimientos arqueológicos y el
patrimonio arquitectónico del municipio y sigue las directrices internacionales
en materia de consolidación de las características propias de los núcleos
rurales que conservan sus valores tradicionales, como Novales, Cigüenza, Puerto
Calderón o Rudagüera, superando el desarrollismo indiscriminado de las Normas
Subsidiarias de 1983 y posibilitando la regularización de situaciones anómalas
como la del Hotel Puerto Calderón cuya sentencia de demolición dictada en el
año 2003 ha sido recientemente declarada como legalmente imposible de cumplir
al quedar amparado por el nuevo Plan.
En octubre de este año, un Auto
del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Santander ha
desestimado la ejecución de otra Sentencia dictada en el año 2004 que ordenaba
la demolición de tres viviendas en Novales, al considerar que los demandantes
actuaban abusando de sus derechos.
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